03/11/2023
H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA
La Plata, 3 de NOVIEMBRE de 2023.
AUTOS Y VISTOS: Que frente a la protesta efectuada por el club A.N. ALIANZA en relación al encuentro disputado contra su par de A. Brandsen, partido de fecha 8 de octubre del corriente, división PRIMERA, cabe señalar que dicha presentación se fundamentó en la indebida inclusión de la jugadora Paiva Fiorella DNI: 43466653, y ello así con motivo a la suspensión que se le impusiera a la misma.
Sanción que fuera oportunamente recurrida y desestimado dicho planteo por los argumentos que en honor al a brevedad allí me remito (PUBLICACIÒN DEL 31 de octubre del corriente).
En consecuencia, por las mismas consideraciones efectuadas oportunamente –conforme boletín del 20 de octubre del corriente- y no encontrando el presente TRIBUNAL mérito para apartarse de lo allí expuesto, corresponde sin más hacer lugar a la protesta efectuada por el club A.N. ALIANZA en relación al encuentro disputado contra A.C. BRANDSEN, CATEGORIA 1RA FUTBOL FEMENINO, registrando el resultado del siguiente modo: A.N. ALIANZA 1 A.C. BRANDSEN 0.
Por otra parte, y sin perjuicio de la vista conferida al Colegio de Arbitros, corresponde sancionar con el período de 15 días -2 FECHAS- a la arbitra GOMEZ MELANY con DNI Nª 39513848 LO QUE ASI SE DECIDE (ARTS 32, 33, 34, 107, 152 DEL RTP).
PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.
Liga Amateur Platense de Fútbol
Afiliada al Consejo Federal del Fútbol Argentino