01/12/2023
H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA.
LA PLATA, 30 DE NOVIEMBRE DEL 2023.
AUTOS Y VISTOS: RESULTA: 1) Partido del 22/10/23 entre Las Malvinas (0) VS (1) Asociación Iris, División: 5ta Jugado en el estadio de Las Malvinas.
El informe efectuado por el árbitro del partido, mediante el cual nos hace
saber: “...Que, al finalizar el encuentro de referencia, una persona no identificada ingresó al campo de juego a través de la puerta de los alcanza pelotas (ver informe de 9na), y aplica un golpe de puño cerrado al ayudante de campo del club visitante, Sr Ortiz Jeremías, DNI 42428509, impactando en el rostro. Este acto de agresión lo dejó en el suelo, con signos de aturdimiento y sangrado.
La persona agresora se retiró del campo de juego por el mismo lugar por el que ingresó. Acto seguido los dirigentes del club Asociación Iris ingresan al campo de juego.
Se producen intercambios verbales entre los remanentes de ambos clubes (entre ellos dirigentes, cuerpo técnico). Mientras todo esto ocurría la terna arbitral decide hacerse un lado y observar lo sucedido, tanto dentro del campo como en las parcialidades. Dicho altercado duro unos treinta minutos aproximadamente.
La retirada de la parcialidad visitante fue demorada debido a que la parcialidad local estaba a la espera de un nuevo posible conflicto aguardándolos en las inmediaciones del estadio.
Posteriormente, el afectado fue derivado al nosocomio más cercano por los dirigentes del club Asociación Iris en un vehículo particular”.
2) Partido disputado por ambas instituciones en categoría 9na el día 22 de octubre del 2023.
La autoridad arbitral informa que, al iniciar la jornada, el estadio de Las Malvinas no se encontraba en condiciones para llevar adelante los encuentros, debido a que había dos puntos de ingresos no habilitados, uno de ellos ubicados entre medio del banco de suplentes que da al paredón de la calle 141 (puerta de los alcanza pelotas), y el otro punto de acceso ubicado en la esquina del terreno de juego que da el ingreso al recinto (calle 527).
Cabe aclarar que ambos ingresos se encontraban sin puerta de acceso, y otorgan
libre paso al exterior del estadio.
A raíz de lo mencionado el Sr Rojo Franco, DNI 37482301, presidente del club Las Malvinas, director técnico de la categoría de 5ta división, y responsable de las demás categorías acusa que dichas puertas fueron robadas por lo cual procede comprometerse y a darnos las garantías para llevar la jornada delante.
3) Que, mediante comunicado de estilo, con fecha 31 de octubre del 2023, el Tribunal de Disciplina, corrió traslado de los citados informes al Presidente del club Las Malvinas, a fin que procediera a ejercer su derecho de defensa.
Que, dicha vista, mereció respuesta con fecha 31 de octubre por parte del Sr. Franco Rojo.
4) Asimismo, el Comité Ejecutivo en su sesión del 15 de noviembre dictaminó que no puede tomar acciones al respecto dado que el Sr. Franco Rojo no es más miembro del cuerpo, toda vez que el mismo alcanzo el límite de inasistencias, motivo por el cual se determinó la cesación de sus funciones de acuerdo a lo establecido por el Art. 45 del Reglamento General.
Y CONSIDERANDO: Que, a criterio de este Tribunal, los informes arbitrales constituyen semiplena prueba de lo que ellos contienen y sólo pueden ser
desacreditados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.
Que el artículo 241 del Reglamento de Transgresiones y Penas,
establece: El dirigente que infrinja las disposiciones contenidas en el Estatuto y/o Reglamento de la Liga…será sancionado conforme con lo que se establece en el articulado legal.
Por otra parte, es dable destacar que conforme surge del Reglamento General, se establecen las condiciones generales que deben tener los estadios de los clubes que participen de los certámenes oficiales de la LIGA, como ser los accesos, a los fines de impedir todo contacto de los participantes con el público.
Que los hechos acaecidos y que fueran descriptos en los informes arbitrales configuran una grave transgresión tanto al Reglamento de Transgresiones y Penas como al Reglamento General por el que se rigen las competiciones futbolísticas dentro de la Liga Amateur Platense de Fútbol.
En virtud de todo ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:
1) APLICAR 6 MESES DE SUSPENSION AL DIRIGENTE DEL CLUB LAS MALVINAS FRANCO ROJO. 2) APLICAR AL CLUB LAS MALVINAS UNA MULTA EQUIVALENTE AL VALOR DE 100 ENTRADAS Y A FAVOR DE LA LAP. LO QUE ASI SE DECIDE (ARG. ARTS. 32, 33, 34, 90, 149, 150, 241, 260 Y CCTES DEL RTP).
PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.
Liga Amateur Platense de Fútbol
Afiliada al Consejo Federal del Fútbol Argentino