01/12/2023
H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA
La Plata, 30 de noviembre de 2023.-
VISTO
El partido disputado el día 25 de noviembre de 2023 entre los clubes UNIDOS DE OLMOS y CURUZÚ CUATIÁ en la categoría PRIMERA DIVISIÓN en el estadio del Club ASOCIACIÓN NUEVA ALIANZA, y,
CONSIDERANDO
Que, según obra en el informe arbitral del partido mencionado y del acta policial labrada consecuentemente, a los 59 minutos de juego fue expulsado el jugador nro. 1 del club CURUZÚ CUATIÁ, Sr. ULIASTRE JUAN CRUZ, DNI 28.992.251, por ofender gravemente y dirigirse en términos descomedidos hacia la asistente Nro. 2 (Sra. Oliva Rocío).
Que prosigue dicho informe, dejando constancia que el jugador mencionado continuó con su conducta agresiva y resistente a abandonar el campo de juego, debiendo ingresar efectivos policiales al campo de juego para resguardar la integridad física de la terna arbitral.
Que el Sr. Uliastre continuó con su conducta hostil e intimidante hacia la terna arbitral tanto durante la continuación del juego como luego de finalizado el mismo, dado que ingresó nuevamente al campo de juego para increpar a la terna arbitral, y al finalizar el encuentro intentó ingresar sin autorización al vestuario correspondiente a la terna arbitral.
Que, en todas las circunstancias mencionadas, el jugador puso en riesgo la integridad psicofísica de la terna arbitral, la cual debió ser resguardada constantemente por los efectivos policiales destinados al encuentro de referencia.
Que, asimismo, surge tanto del informe arbitral como del acta policial, que la conducta del jugador expulsado fue constantemente agresiva, intimidante y hostil principalmente hacia la asistente nro. 2 como hacia la oficial subayudante, resultando a prima facie y conforme surge del acta policial una cuestión de género, por lo que correspondería dar traslado al Área de Géneros, Violencias y Discriminación de la Liga Amateur Platense de Fútbol a efectos de que intervenga dentro del marco de sus atribuciones y, de considerar pertinente, tome las medidas que crea conveniente.
Que, dentro de dicho contexto, el Sr. Uliastre al momento de intentar reingresar al recinto y zonas de vestuarios violentó las puertas de acceso al mismo, ocasionando un daño en las instalaciones del Club Asociación Nueva Alianza.
Que la conducta descripta en el informe arbitral configura una grave transgresión tanto al Reglamento de Transgresiones y Penas como al Reglamento General por el que se rigen las competiciones futbolísticas dentro de la Liga Amateur Platense de Fútbol.
Que, asimismo, el aludido Reglamento de Transgresiones y Penas ordena el marco reglamentario sobre el cual debe tramitarse todo sumario originado dentro de su ámbito, ello en aplicación de sus artículos 32, 33 y concordantes.
Por ello,
EL H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA
RESUELVE
PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE EN LA FORMA DE ESTILO.
Liga Amateur Platense de Fútbol
Afiliada al Consejo Federal del Fútbol Argentino