24/05/2024
La Plata, 24 de mayo de 2024.-
VISTO
El partidos disputado el día 18 de mayo de 2024 entre los clubes CRICATELLA y 152 OESTE en la división MAYORES categoría PRIMERA en el estadio del Club CRI CATELLA, y,
CONSIDERANDO
Que según obra en el informe arbitral del partido aludido a los 24´ del segundo tiempo fue expulsado el jugador del club CRI CATELLA Sr. Gonzalez Martin DNI 43.098.779.
Que continúa el informe arbitral narrando que finalizado el encuentro el jugador mencionado ingresó al campo de juego y junto con el Director Técnico del mismo club, Sr. Ladogana Francisco DNI 33.990.677, golpearon a jugadores y cuerpo técnico del club visitante.
Que asimismo, surge del informe que “el planillero correspondiente al Club CRI Catella se sumó a los mencionados precedentemente y agredió físicamente a los representantes del club visitante 152 Oeste”.
Que los hechos mencionados configurarían una conducta contraria a los principios del deporte, la equidad y el derecho consagrados en el art. 32 RTP y, a la vez, una muy grave transgresión tanto al Reglamento de Transgresiones y Penas como al Reglamento General por el que se rigen las competiciones futbolísticas dentro de la Liga Amateur Platense de Fútbol.
Que el aludido Reglamento de Transgresiones y Penas ordena el marco reglamentario sobre el cual debe tramitarse todo sumario originado dentro de su ámbito.
Por ello,
EL H. TRIBUNAL DE DISCIPLINA
RESUELVE
RESOLUCIÓN /2024.-